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contactarnos por el
teléfono: 9000-30-30-30

Costo de la llamada: ¢900/minuto

(busque las instrucciones para habilitar
su teléfono en la sección contáctenos
o llame al 1115)

Tarifas y Condiciones

TARIFAS DE HONORARIOS PROFESIONALES (Servicios On line) :

  1. CONSULTA ESCRITA: Hasta 30 minutos de asesoría.
    Incluye una opinión legal básica sobre un caso determinado.
    Tarifa: 25.000 colones o su equivalente en dólares.
  2. CONSULTA ESCRITA: Hasta 60 minutos de asesoría.
    Incluye una opinión legal más amplia y debidamente fundamentada sobre un caso determinado. Se realiza una valoración del tema controvertido y se recomienda el trámite que debe seguir.
    Tarifa: 50,000 colones o su equivalente en dólares.
  3. RESERVACIÓN DE CITA PARA CONSULTA ORAL:
    Incluye una opinión legal de forma directa e interactiva, vía chat y/o videoconferencia, con una tarifa básica de hasta una hora.
    Tarifa: 60,000 colones o su equivalente en dólares.

    Incluye la posibilidad de interactuar de forma directa, preguntar y repreguntar sobre su caso o situación determinada. Se hace una valoración del tema controvertido y le recomendamos el trámite que debería seguir. La atención es inmediata. Cada hora o fracción adicional que inicie devengará nuevos honorarios por el mismo monto. La tarifa incorpora la reserva de prioridad en el horario seleccionado por un monto de 10,000 colones; asimismo el valor de la consulta por 50,000 colones.

CONDICIONES DE USO :

  1. La tarifa por servicios profesionales que aquí se establece, corresponde al monto de honorarios mínimos a cobrar por la consulta u opinión sobre una situación jurídica determinada, de modo que toda consulta adicional o seguimiento del caso se regirá por la posterior negociación entre el bufete y su cliente.
  2. Si entre el Bufete y el Cliente acuerdan la tramitación del caso, sea en sede administrativa o jurisdiccional, el cincuenta por ciento del monto de la consulta será rebajado del monto total que sea convenido por concepto de honorarios profesionales.
  3. Al Bufete se le deben cancelar los honorarios por la opinión legal de previo a la realización de la consulta y en los términos que señale el arancel que se indica.
  4. El cliente está en la obligación de cancelar a favor del Bufete los honorarios correspondientes por la consulta o estudio, independientemente del  resultado en sede administrativa o jurisdiccional.
  5. Es deber del Bufete mantener actualizados y advertir al cliente desde un inicio, sobre el monto de sus honorarios y la forma de pago.
  6. La fórmula que debe llenar el cliente en este sitio es el contrato escrito que constituye la forma idónea para probar y determinar los alcances de la labor profesional a cumplir y su retribución.
  7. El documento o formulario en que consten los términos de la solicitud de consulta debe contener, cuando menos, el objeto detallado del servicio, la aceptación del monto de los honorarios y la forma de pago.
  8. El arancel que se indica en la tabla respectiva visible en este sitio se limita al honorario profesional por el estudio, análisis y la redacción de la opinión legal de los profesionales del Bufete respecto a la consulta planteada.
  9. El Bufete y su cliente podrán convenir otras sumas de remuneración de honorarios distintas a las señaladas en la tabla correspondiente, siempre y cuando su acuerdo sea por escrito y por montos no inferiores a los mínimos establecidos.
  10. Cada año el Bufete actualizará las tarifas conforme lo autorice la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, mediante resolución motivada.