Tarifas y Condiciones
TARIFAS DE HONORARIOS PROFESIONALES (Servicios On line) :
- CONSULTA ESCRITA: Hasta 30 minutos de asesoría.
Incluye una opinión legal básica sobre un caso determinado.
Tarifa: 25.000 colones o su equivalente en dólares.
- CONSULTA ESCRITA: Hasta 60 minutos de asesoría.
Incluye una opinión legal más amplia y debidamente fundamentada sobre un caso determinado. Se realiza una valoración del tema controvertido y se recomienda el trámite que debe seguir.
Tarifa: 50,000 colones o su equivalente en dólares.
- RESERVACIÓN DE CITA PARA CONSULTA ORAL:
Incluye una opinión legal de forma directa e interactiva, vía chat y/o videoconferencia, con una tarifa básica de hasta una hora.
Tarifa: 60,000 colones o su equivalente en dólares.
Incluye la posibilidad de interactuar de forma directa, preguntar y repreguntar sobre su caso o situación determinada. Se hace una valoración del tema controvertido y le recomendamos el trámite que debería seguir. La atención es inmediata. Cada hora o fracción adicional que inicie devengará nuevos honorarios por el mismo monto. La tarifa incorpora la reserva de prioridad en el horario seleccionado por un monto de 10,000 colones; asimismo el valor de la consulta por 50,000 colones.
CONDICIONES DE USO :
- La tarifa por servicios profesionales que aquí se establece, corresponde al monto de honorarios mínimos a cobrar por la consulta u opinión sobre una situación jurídica determinada, de modo que toda consulta adicional o seguimiento del caso se regirá por la posterior negociación entre el bufete y su cliente.
- Si entre el Bufete y el Cliente acuerdan la tramitación del caso, sea en sede administrativa o jurisdiccional, el cincuenta por ciento del monto de la consulta será rebajado del monto total que sea convenido por concepto de honorarios profesionales.
- Al Bufete se le deben cancelar los honorarios por la opinión legal de previo a la realización de la consulta y en los términos que señale el arancel que se indica.
- El cliente está en la obligación de cancelar a favor del Bufete los honorarios correspondientes por la consulta o estudio, independientemente del resultado en sede administrativa o jurisdiccional.
- Es deber del Bufete mantener actualizados y advertir al cliente desde un inicio, sobre el monto de sus honorarios y la forma de pago.
- La fórmula que debe llenar el cliente en este sitio es el contrato escrito que constituye la forma idónea para probar y determinar los alcances de la labor profesional a cumplir y su retribución.
- El documento o formulario en que consten los términos de la solicitud de consulta debe contener, cuando menos, el objeto detallado del servicio, la aceptación del monto de los honorarios y la forma de pago.
- El arancel que se indica en la tabla respectiva visible en este sitio se limita al honorario profesional por el estudio, análisis y la redacción de la opinión legal de los profesionales del Bufete respecto a la consulta planteada.
- El Bufete y su cliente podrán convenir otras sumas de remuneración de honorarios distintas a las señaladas en la tabla correspondiente, siempre y cuando su acuerdo sea por escrito y por montos no inferiores a los mínimos establecidos.
- Cada año el Bufete actualizará las tarifas conforme lo autorice la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, mediante resolución motivada.






